Inscripción de actas
Las actas son documentos necesarios para la realización de muchos trámites a través de nuestro radicador virtual. Te contamos cuáles son los aspectos más importantes al momento de hacerlas para evitar devoluciones.
Para iniciar, ten en cuenta que todas las actas deben tener:
- Número del acta y nombre de la entidad a la que pertenece.
- Órgano que se reúne: asamblea de accionistas, junta de socios, junta directiva, etc.
- Naturaleza de la reunión.
- Lugar.
- Fecha.
- Cómo fue la convocatoria.
- Cuál fue el quórum deliberatorio o número de personas, cuotas o acciones, presentes o representadas en la reunión.
- Aprobación de las decisiones con número de acciones, cuotas o votos a favor y en contra, según el caso.
- Aprobación al texto del acta.
- Firmas de presidente y secretario de la reunión.
- Autorización para la expedición de la copia del acta firmada por el secretario de la reunión o representante legal de la persona jurídica.
- Para más información consulta la guía 6
Si la reunión fue virtual o mixta, el acta también debe incluir:
- Información sobre los medios tecnológicos utilizados.
- Constancia del representante legal sobre la continuidad del quórum deliberatorio durante toda la reunión.
Recuerda que el acta deberá estar firmada por el representante legal y el secretario de la sociedad. Si la persona jurídica no cuenta con secretario, el acta debe ser firmada por uno de los miembros del órgano que se reúne, como la junta directiva, la asamblea de accionistas o junta de socios.
Recuerda que contamos con el servicio de inscripción virtual de actas de nombramiento y reformas para las S.A.S.